
María Auset analiza el impacto de la responsabilidad ampliada del productor en la nueva Directiva de Aguas Residuales
La investigadora del IQS expuso en SMAGUA 2025 las implicaciones normativas y económicas para el sector farmacéutico y cosmético.
ADECAGUA
El 6 de marzo de 2025 se celebró en el Centro de Congresos de Feria Zaragoza la Jornada “Los nuevos contaminantes y los retos en el tratamiento de aguas residuales urbanas”, organizada por ADECAGUA dentro del programa oficial de SMAGUA 2025. El encuentro reunió a expertos del sector del agua, representantes institucionales, investigadores y operadores públicos para debatir los desafíos técnicos, normativos y sanitarios derivados de la Directiva (UE) 2024/3019.
Esta nueva regulación europea establece un marco mucho más exigente en la gestión de los contaminantes emergentes, con especial atención a su detección, tratamiento y financiación. A lo largo de la jornada se abordaron aspectos legislativos, analíticos y operativos clave para su implementación.
María Auset, profesora titular e investigadora del grupo GESPA del Instituto Químico de Sarrià (IQS), intervino con la ponencia “Impacto de la Directiva de Aguas Residuales en el sector farmacéutico y cosmético”. Su exposición se centró en uno de los pilares más novedosos y complejos de la directiva: la aplicación de la responsabilidad ampliada del productor (RAP) al ámbito del saneamiento urbano.
Auset explicó que, según estudios encargados por la Comisión Europea, más del 90 % de los microcontaminantes presentes en las aguas residuales urbanas tienen su origen en productos farmacéuticos y cosméticos. Esta realidad ha llevado al legislador a incluir a los fabricantes de estos productos en el modelo de financiación del tratamiento cuaternario, basado en el principio de “quien contamina paga”.
La directiva plantea un esquema de financiación mixto: un 48 % a través de tarifas del agua, un 20 % vía presupuestos públicos, y un 32 % mediante la RAP. No obstante, Auset señaló que estos porcentajes podrán adaptarse a los marcos nacionales. La implementación de este sistema exigirá definir con claridad qué productos están sujetos a la obligación de contribuir financieramente y bajo qué criterios.
La investigadora detalló que se excluirán productos con cantidades inferiores a una tonelada anual de sustancia o aquellos que generen contaminantes rápidamente biodegradables, aunque advirtió que la definición de “rápidamente” aún está por concretar. También subrayó la necesidad de establecer criterios claros para valorar la peligrosidad ambiental y sanitaria de las sustancias implicadas.
Auset explicó que la lista de productos afectados va mucho más allá de los medicamentos, incluyendo cosméticos como perfumes, tintes capilares, lacas de uñas, desodorantes o productos de afeitado. Todo ello está regulado en el marco normativo europeo de productos cosméticos.
En cuanto a las tecnologías necesarias para cumplir con los objetivos de eliminación del 80 % fijados por la directiva, Auset mencionó procesos como la oxidación avanzada, el carbón activo y la ósmosis inversa. Estas tecnologías permiten alcanzar niveles de tratamiento muy exigentes, aunque implican una inversión inicial elevada, altos costes operativos y la necesidad de sistemas de monitorización rigurosos.
La ponente insistió en que la RAP no debe entenderse únicamente como un mecanismo de financiación, sino también como un incentivo para rediseñar productos y promover alternativas más sostenibles. Para que funcione, será imprescindible establecer un modelo de gobernanza claro, transparente y eficaz, que permita aplicar estas nuevas obligaciones sin distorsionar el mercado ni generar inseguridad jurídica.
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